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SERVICIOS EN
DERECHO DE FAMILIA
ALIMENTOS
Los alimentos pueden ser reclamados por el progenitor a cargo del cuidado de sus hijos así como también por razones excepcionales también por el ex –cónyuge.
Inicialmente se fija una cuota provisoria hasta establecer finalmente el monto que permita al hijo continuar con su ritmo de vida habitual, abarcando la cuota alimentario; vestimenta, cumpleaños, escolaridad, esparcimiento, recreación, alimentos y atención sanitaria
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