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SERVICIOS EN

DERECHO DE FAMILIA

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CUIDADO PERSONAL

(Ex TENENCIA)

Se denomina cuidado personal a los deberes y facultades de los progenitores referidos a la vida cotidiana de los hijos. El cuidado personal puede ser alternado o indistinto. En el cuidado alternado, el hijo pasa períodos de tiempo con cada uno de sus progenitores. En el indistinto, el hijo reside de manera principal en el domicilio de uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y se distribuyen de modo equitativo las labores atinentes a su tenencia. 

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